Bases y Condiciones Sorteo Jaspe “Energía para Arrancar”
1.- La participación:
En el presente sorteo denominado "Sorteo de fin de año: Energía para Arrancar" (en adelante, el "Sorteo"), organizado por la marca Jaspe de Aldo Pavón e Hijos S.A., con domicilio en Ruta Provincial E-52 KM 52, ciudad de Arroyito, Provincia de Córdoba (en adelante, el "Organizador"), implica el total conocimiento y aceptación de las presentes Bases y Condiciones, como así también de los procedimientos o sistemas establecidos por el Organizador.
El presente Sorteo es sin obligación de compra, dado que la suscripción a la Web es libre y gratuita.
El Sorteo tendrá vigencia en la República Argentina desde el 27 de noviembre de 2025 hasta el 29 de diciembre de 2025 a las 23:59 (en adelante, el "Plazo de Vigencia"), fecha en la cual finaliza la inscripción. El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose participaciones posteriores.
2.- Mecánica de Participación:
• El presente Sorteo se realizará el 30 de diciembre de 2025 y consta de 3 oportunidades de participación, siendo la primera un paso obligatorio.
• Del 27 de noviembre de 2025 al 29 de diciembre de 2025 a las 23:59, las personas interesadas en participar deberán cumplir el paso obligatorio, y podrán sumar chances a través de los mecanismos opcionales detallados a continuación.
PASO OBLIGATORIO (Requisito indispensable para participar del sorteo principal)
Para ingresar al Sorteo, los participantes deberán:
• Seguir la cuenta oficial @jaspenutricion en Instagram.• Comentar en la publicación principal del Sorteo, etiquetando a 5 personas en dicho comentario.
Las personas que ya sigan la cuenta antes del 27 de noviembre de 2025 podrán participar igualmente, debiendo cumplir únicamente con el requisito de comentar y etiquetar.
La verificación de seguidores y comentarios podrá realizarse mediante herramientas como IGFollow, App Sorteos, ICommentExporter u otras de función equivalente.
PASO OPCIONAL 1 (Suma chances adicionales – no es obligatorio)
Completar el formulario en La Web
Los participantes podrán sumar chances extra completando el formulario disponible en
www.jaspenutricion.com.ar (en adelante, “La Web”), donde deberán ingresar:
• Datos personales solicitados;
• Usuario de Instagram (para validar identidad);
• Código de barras de una bolsa de alimento balanceado Jaspe.
Obtención del código de barras: se encuentra en el envase de cualquier bolsa de alimento Jaspe. La base de datos será exportada por el Organizador para validación.
PASO OPCIONAL 2 (Suma chances adicionales – no obligatorio)
Interacción con historias interactivas
Los participantes podrán sumar chances extra interactuando con las 3 historias interactivas oficiales relacionadas al Sorteo (encuestas, preguntas o deslizadores). Cada historia contará como una chance adicional.
Además, cada una de las historias interactivas funcionará como un minisorteo independiente, con un premio incentivo por historia:
• 2 ganadores por historia:
Primer premio: 1 bolsa de alimento balanceado Jaspe + 1 taza personalizada
Segundo premio: 1 taza personalizada
• 6 ganadores en total
La verificación se realizará mediante revisión manual de las interacciones registradas.
3.- Premios:
El Sorteo general se realizará el 30 de diciembre de 2025.
1. Primer premio: Moto Honda Wave (color rojo, sin excepción).
2. Segundo premio: TV Smart 43 pulgadas.
3. Tercer premio: 1 año de alimento balanceado Jaspe para perro o gato (12 bolsas).
Además, como parte de los incentivos por interacción:
• Se sortearán 3 bolsas de alimento balanceado Jaspe y 6 tazas personalizadas entre quienes participen de las historias interactivas:
Primer premio: 1 bolsa de alimento balanceado Jaspe + 1 taza personalizada
Segundo premio: 1 taza personalizada
El Sorteo general será supervisado por escribanía pública local el día 30 de diciembre a las 19 h.
El Organizador no se responsabiliza por daños o pérdidas que el uso del premio pudiera ocasionar. Los premios son intransferibles y no canjeables por dinero, salvo caso excepcional donde el Organizador autorice un reemplazo por un bien de valor equivalente. Cualquier impuesto o gasto no contemplado correrá a cargo del ganador. En el caso del primer premio (Moto Honda Wave), el patentamiento corre por cuenta del Organizador.
4.- Fraude en la participación:
La escribana interviniente validará los participantes. Cualquier manifestación de fraude será causal de exclusión inmediata. El Organizador podrá remover comentarios improcedentes y descalificar perfiles falsos o cualquier mecanismo de participación irregular.
5.- Sorteo y comunicación de ganadores:
Podrá resultar ganador cualquier persona mayor de 18 años que cumpla estas Bases.Si el ganador fuese
menor, el premio podrá ser retirado por su padre, madre o tutor legal acreditado.
El Sorteo General será certificado por una escribana pública y se seleccionará un (1) ganador y un (1) suplente por premio.
Los ganadores serán notificados a través de los datos proporcionados y/o anunciado en el formulario completado en la página web de Jaspe, www.jaspenutricion.com.a, dentro de los 5 días hábiles posteriores al Sorteo.
Para hacer efectivo el premio deberá presentar:
• Nombre completo
• DNI
• Lugar de procedencia
• Dirección
• Teléfono
Una vez contactado, el ganador tendrá un plazo de 72 horas corridas para responder y validar su identidad. De no cumplir con los requisitos establecidos o no responder en el tiempo estipulado, el premio será asignado automáticamente al suplente.
El nombre del suplente no será publicado ni informado públicamente, salvo que deba asumir la condición de ganador en reemplazo del titular.
Una vez verificados, los ganadores serán anunciados en las redes oficiales de Jaspe.
6.- El premio adjudicado y no entregado por causas ajenas al Organizador quedará en poder de este
último.
7.- Eximición:
Facebook, Instagram y TikTok no patrocinan, avalan ni administran este Sorteo. Los participantes
brindan información únicamente al Organizador.
8.- Responsabilidades:
El premio está sujeto a disponibilidad y restricciones. El Organizador no será responsable por
fallas técnicas, errores humanos o interrupciones ajenas. Tampoco será responsable por daños
derivados de la participación o del uso de los premios.
9.- Autorización:
El participante autoriza al Organizador a utilizar gratuitamente su nombre, voz, imagen y datos
personales para difusión del Sorteo sin derecho a compensación.
10.- Datos Personales:
El tratamiento de datos se regirá por la Ley 25.326. Los datos podrán ser almacenados y utilizados
para fines promocionales y comerciales por parte del Organizador y sus empresas vinculadas.
11.- El ganador autoriza expresamente la difusión de su nombre e imagen sin compensación. El
Organizador podrá solicitar información adicional. El Organizador no se responsabiliza por fallas en
la transmisión de datos o postulaciones.
12.- El Organizador podrá suspender, cancelar o modificar total o parcialmente este Sorteo,
incluso una vez iniciado, notificándolo con 15 días de antelación por los mismos medios en que se
comunicó.
13.- El Organizador queda eximido de errores involuntarios o malas interpretaciones por parte
de los participantes.
14.- Toda divergencia relacionada con este Sorteo será resuelta ante los Tribunales de la
ciudad de Arroyito, renunciando las partes a cualquier otro fuero.