Bases y Condiciones Sorteo Jaspe "Un millón de razones para elegir Jaspe"
1.- La participación en el presente sorteo denominado "Un millón de razones para elegir Jaspe", organizada por la Marca Jaspe de Aldo Pavon e Hijos S.A., con domicilio en Ruta provincial E-52KM (52), de la ciudad de Arroyito, Provincia de Córdoba (en adelante el "Organizador"), implica el total conocimiento y aceptación de las bases del mismo, como así también de los procedimientos o sistemas establecidos por el Organizador. La presente campaña tendrá vigencia en la REPÚBLICA ARGENTINA y constará de tres instancias desde el día 12 de mayo de 2025 hasta, salvo modificación de las presentes bases y condiciones, el día 15 de agosto de 2025 inclusive. El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del Plazo de Vigencia de cada instancia del Sorteo.
2.- El presente Sorteo consta de 3 etapas de participación
• Del 12 de mayo de 2025 hasta el día 14 de agosto de 2025 inclusive, las personas interesadas en participar en los 3 sorteos de 3 premios (en total), deberán estar atentas a los requisitos de cada instancia y participar en cada una de ellas.
• Se sorteará $3.000.000 (tres millones de pesos argentinos) en 3 sorteos mensuales de $1.000.000.00 cada uno, durante los meses de junio, julio y agosto.
• La acción tiene como objetivo incentivar la compra de productos Jaspe (línea tradicional y premium) a través de tres sorteos de alcance nacional destinado a consumidores finales y puntos de venta adheridos. Busca fortalecer la red comercial, fidelizar clientes y aumentar el reconocimiento de los productos Jaspe.
• Los canales de difusión que se utilizarán para difundir el sorteo “un millón de razones para elegir Jaspe” son los siguientes:
Redes Sociales
Facebook
Instagram
WhatsApp
Comunicación directa con los Puntos Jaspe vía listas de difusión. Envío de: instructivo de adhesión, afiches digitales, placas para redes sociales, y recordatorios.
Mecánica de participación:
• Podrán participar todas aquellas personas físicas, mayores de 18 años, que hayan adquirido o adquieran productos Jaspe (línea tradicional o premium), sin importar el canal de compra. No es necesario haber comprado en un Punto Jaspe adherido.
• Para participar deberán completar el formulario disponible en la página web www.jaspenutricion.com.ar: Nombre, apellido, DNI, provincia, localidad, punto de Venta (en el caso de ser Punto Jaspe), teléfono, e-mail, mascota, raza, nombre de la mascota y cargar el código de barras del producto adquirido, lo cual validará la participación.
• Las 3 instancias en las que podrán participar se detallan a continuación:
Instancia 1 - 13/06/2025: Podrán participar desde el 12 de mayo al 12 de junio hasta las 23:59hs. Sortea el 13 de de junio de 2025.
Instancia 2 – 11/07/2025: Podrán participar desde el 13 de junio al 10 de julio hasta las 23:59hs. Sortea el 11 de julio de 2025.
Instancia 3 – 15/08/2025: Podrán participar desde el 11 de julio al 14 de agosto hasta las 23:59hs. Sortea el 15 de agosto de 2025.
Beneficio Exclusivo Puntos Jaspe Adheridos (comercios registrados)
• Para participar deberán completar el formulario escaneando el código QR: Nombre, apellido, DNI, provincia, localidad, punto de Venta (en el caso de ser Punto Jaspe), teléfono, e-mail, mascota, raza, nombre de la mascota y cargar el código de barras del producto adquirido, lo cual validará la participación.
• Se usarán los materiales visuales de los locales con el QR para que el cliente pueda participar escaneando en el momento.
• Si el ganador registró su compra en un Punto Jaspe adherido, ese comercio también ganará $300.000 (trescientos mil pesos argentinos) en productos Jaspe Tradicional y Premium.
• Esto convierte al Punto Jaspe en promotor activo de la campaña, incentivado por un reconocimiento concreto a su compromiso y participación.
3.- Premios:
• Un (1) premio de $1.000.000, (un millón de pesos argentinos), por sorteo, para el comprador/cliente del alimento balanceado Jaspe.
• Un (1) premio de $300.000 (trescientos mil pesos argentinos) en productos Jaspe Tradicional y Premium, por sorteo, para el Punto Jaspe vinculado a la participación ganadora, en caso de que aplique.
4.- Selección de ganadores y fraude en la participación
El presente sorteo se realiza a través de una escribana pública, la cual valida y confirma los participantes postulados. Los sorteos serán realizados en las fechas asignadas: 13 de junio, 11 de julio y 15 de agosto, en la escribanía local.
El ganador de cada etapa del sorteo podrá ser cualquier persona mayor de 18 años que haya cumplido con las Bases y Condiciones del Sorteo “Un millón de razones para elegir Jaspe”. Así mismo será de consideración de parte de la Organización que en el caso de que el ganador sea un menor de edad podrá reclamar el premio la persona a cargo: padre, madre o tutor/a del menor, cumpliendo con los datos solicitados.
5.- Sorteo y comunicación de ganadores
Cada sorteo será certificado por una escribana pública. En cada instancia se seleccionará un (1) ganador y un (1) suplente.
El ganador será notificado a través de los datos proporcionados y/o anunciado en el formulario completado en la página web de Jaspe, www.jaspenutricion.com.ar.
Para hacer efectivo el premio deberá presentar:
• Nombre completo
• DNI
• Lugar de procedencia
• Dirección
• Teléfono
Una vez contactado, el ganador tendrá un plazo de 72 horas corridas para responder y validar su identidad. De no cumplir con los requisitos establecidos o no responder en el tiempo estipulado, el premio será asignado automáticamente al suplente.
El nombre del suplente no será publicado ni informado públicamente, salvo que deba asumir la condición de ganador en reemplazo del titular.
6.- Condiciones generales
La participación implica la aceptación plena de estas bases. El premio no podrá ser canjeado por otros bienes ni por su equivalente en productos o dinero.
Los datos personales serán utilizados exclusivamente para fines relacionados con esta campaña, respetando la Ley 25.326.
El premio adjudicado y no entregado por causas ajenas al Organizador quedará en poder del mismo.
7.- Eximición: Facebook, Instagram o TikTok no patrocinan, ni avalan ni administran de modo alguno este Sorteo Un millón de razones para elegir Jaspe, ni están asociados al mismo. Los Participantes únicamente proporcionan su información al Organizador y no a Facebook, Instagram o TikTok. Los Participantes declaran conocer que Facebook, Instagram o TikTok carecen de cualquier tipo de responsabilidad tanto en la organización como en el cumplimiento del presente Sorteo Un millón de razones para elegir Jaspe.
8.- Responsabilidades: El Premio estará sujeto a las limitaciones sobre entrega, disponibilidad y/o cualquier otra restricción, cualquiera fuera su naturaleza, que el Organizador sufra o establezca, no generando a favor del ganador adjudicado derecho a indemnización alguna. El Organizador no será en ningún caso responsable por fallas registradas en los equipos de computación, de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet, ni por desperfectos técnicos, errores humanos, de medición o de cálculo o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo del Sorteo. El Organizador no se responsabiliza en ningún caso de los daños o pérdidas que la participación en el Sorteo o la utilización del Premio causara a los Participantes o a terceros en sus personas o bienes. Una vez entregado el Premio, o si habiéndose adjudicado a un Potencial Ganador este no lo retirase en un plazo de 30 días de la fecha de publicación del ganador, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto del mismo.
9.- Autorización: Todo Participante, por el mero hecho de participar en el Sorteo autoriza en forma gratuita al Organizador a utilizar y/o reproducir y/o difundir su nombre, documento, domicilio, datos personales, voz y/o imagen y/o datos obtenidos, ya sea mediante videos, fotografías u otros medios de representación, en los medios, soportes, oportunidad, lugar y formas que el Organizador y/o quien éste designe, consideren convenientes, sin restricción de lugar ni tiempo. En virtud de esta autorización el Participante no tendrá derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la reproducción, difusión y/o utilización mencionada precedentemente. La información concerniente a cada Participante, será almacenada por el Organizador y podrá ser utilizada para conceder otros beneficios, como así también para hacer participar a los Participantes de otras promociones.
10.- Datos Personales: Los Participantes prestan su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales requerido por el art. 5° de la Ley 25.326 y legislación complementaria. Los datos personales (con el alcance de la Ley 25.326, de aquí en más, "Datos Personales") declarados durante la participación en el Sorteo serán objeto de tratamiento autorizado por el Organizador. La información y datos recolectados podrán ser almacenados en un registro, fichero, base de datos, medio electrónico o de cualquier otro tipo de su propiedad, y podrán ser utilizados con fines promocionales y comerciales por el Organizador y podrán ser cedidos a sus respectivas afiliadas, controlantes o controladas y/o a sus respectivos socios comerciales.
11.- El ganador autoriza expresamente a Jaspe a difundir su nombre e imágenes y las de sus acompañantes, en los medios y formas que ésta considere conveniente sin derecho a compensación alguna. El envío de la información implica asimismo la autorización para el almacenamiento y uso de la información contenida en el formulario y postulación. El Organizador podrá en todo momento solicitar información adicional a los participantes. En ningún caso será responsable el Organizador por problemas técnicos de cualquier especie que impidan la correcta transmisión de la postulación y/o de los datos incluidos en ella.
12.- El Organizador se reserva el derecho de suspender, cancelar, o modificar total o parcialmente este sorteo, de extenderla en el tiempo, incrementando o no la cantidad de premios, de cambiar los premios ofrecidos por otros de valor equivalente, incluso una vez comenzada la misma a su propio arbitrio, notificando tal extremo a los participantes inmediatamente por los mismos medios en que se comunicó el sorteo, y sin que dicha circunstancia genere responsabilidad u obligación alguna para el Organizador.
13.- El organizador queda eximido de cualquier error que puedan tener las bases y condiciones o de la mala interpretación de los participantes.
14.- Toda divergencia que pudiera surgir relacionada con la interpretación de estas bases, así como derivada de la ejecución de este sorteo, será resuelta por las partes ante los Tribunales de esta Ciudad de Arroyito, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder.